Preguntas frecuentes sobre el proceso monitorio
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¿Qué es el procedimiento monitorio?›
Es un proceso judicial rápido y sencillo que permite reclamar una deuda económica vencida y exigible, siempre que puedas demostrarla con documentos como facturas, contratos o pagarés.
¿Qué ventajas tengo al iniciar un proceso monitorio con Cobratis?›
Con Cobratis te aseguras un proceso ágil, económico y gestionado por expertos en cobro de deudas. Desde solo 30 €, tramitamos tu expediente de forma completa ante el juzgado.
¿Es efectivo el proceso monitorio?›
Sí, en la mayoría de los casos se consigue el pago o un embargo judicial. Según datos del CGPJ, el 84 % de los procesos monitorios terminan con recuperación total o parcial del dinero.
¿Necesito contratar abogado y procurador?›
Solo serán necesarios si el deudor se opone y la deuda supera los 900 €. En ese caso, en Cobratis te lo gestionamos con nuestros abogados colaboradores sin que tengas que preocuparte por nada.
¿Hasta qué importe puedo reclamar?›
No existe límite máximo. Puedes reclamar deudas de cualquier importe.
¿Existe un mínimo de deuda?›
No hay importe mínimo. Se puede reclamar cualquier cantidad, grande o pequeña.
¿Quién puede utilizar el proceso monitorio?›
Tanto personas físicas como empresas, autónomos y comunidades de propietarios.
¿A quién puedo reclamar?›
A cualquier persona o empresa que te deba dinero, excepto organismos públicos.
¿Puedo reclamar el alquiler impagado de un inquilino?›
Sí, se pueden reclamar rentas impagadas de viviendas o locales mediante este procedimiento.
¿Qué pasa si el deudor vive fuera de España?›
Solo es aplicable cuando el deudor reside en España.
¿Y si es extranjero pero vive en España?›
No hay problema, el proceso se aplica igual.
¿Qué documentos necesito?›
Facturas, albaranes, presupuestos firmados, pagarés, correos electrónicos o cualquier otro documento que pruebe la deuda.
¿Cuánto tarda en resolverse?›
Suele resolverse en pocas semanas o meses, dependiendo del juzgado. El deudor tiene 20 días para pagar o responder una vez notificado.
¿Qué ocurre tras la notificación?›
Si el deudor paga, el proceso termina. Si no paga ni responde, el juez ordenará el embargo de sus bienes. Si se opone, se convierte en un juicio verbal u ordinario según la cuantía.
¿Hay que pagar tasas judiciales?›
Solo si la deuda supera los 2.000 €. En esos casos la tasa es de 100 €, pero en muchos expedientes Cobratis la compensa o la incluye en la reclamación.
¿Puedo reclamar contra empresas en quiebra?›
En esos casos no suele ser efectivo el cobro, pero el proceso te permite figurar como acreedor en el concurso, lo que aumenta tus posibilidades de recuperar parte del dinero.
